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La firma de un contrato

Notaría

Luis Guillermo

Alvarez Donoso

Notaría de Linares

Jurisdicción: Linares, Yerbas Buenas, Colbún y Longaví.

 

Áreas De Practica

¿Qué es un Notario? 

Los notarios son ministros de fe pública encargados de extender y autorizar los instrumentos públicos y privados que ante ellos se otorguen, de guardarlos en los casos y formas que la ley lo señale, de dar copias de ellos y de practicar las demás diligencias que la ley les encomiende.

(art. 399, COT). 

 

Las funciones del Notario son:

(art. 401, COT)

  1. Extender y autorizar los instrumentos públicos y privados con arreglo a las instrucciones que, de palabra o por escrito, les dieren las partes otorgantes;

  2. Levantar inventarios solemnes;

  3. Efectuar protestos de letras de cambio y demás documentos mercantiles;

  4. Notificar los traspasos de acciones y constituciones y notificaciones de prenda que se les solicitaren.

  5. Asistir a las juntas generales de accionistas de sociedades anónimas, para los efectos que la ley o reglamento de ellas lo exigieren;

  6. En general, dar fe de los hechos para que fueren requeridos y que no estuvieren encomendados a otros funcionarios;

  7. Guardar y conservar en riguroso orden cronológico los instrumentos que ante ellos se otorguen, en forma de precaver todo extravío y hacer fácil y expedito su examen;

  8. Otorgar certificados o testimonios de los actos celebrados ante ellos o protocolizados en sus registros;

  9. Facilitar, a cualquiera persona que lo solicite, el examen de los instrumentos públicos que ante ellos se otorguen y documentos que protocolicen;

  10. Autorizar las firmas que se estampen en documentos privados, sea en su presencia o cuya autenticidad conste;

  11. Extender actas y custodiar documentos mediante instrucciones, en la forma establecida en la ley;

  12. Remitir electrónicamente al conservador competente, para su inscripción, copia de los títulos translaticios de dominio o la constitución o modificación de cualquier otro derecho real respecto de inmuebles, así como la constitución, modificación o terminación de cualquier tipo de sociedad sujeta a registro, que consten por escritura pública suscrita u otorgada ante él, o en instrumento protocolizado o en reducción a escritura pública, según corresponda, sin necesidad de intervención personal de los interesados, a menos que éstos manifiesten su voluntad en contrario o no cubran el costo de la inscripción al respectivo conservador. Del mismo modo, deberá remitir al conservador competente, para su inscripción, copia de los títulos por él otorgados y que sea facultativo para el interesado inscribir, siempre que el compareciente así lo manifieste y cubra el costo de la respectiva inscripción;

  13. Dar respuesta a los requerimientos de información que hagan organismos del Estado en el cumplimiento de sus funciones, en el plazo de treinta días corridos, sin perjuicio de los plazos que establezcan leyes especiales

  14. Las demás que les encomienden las leyes.

Servicios

PODERES

 

-Poder simple

-Poder bancario

-Poder venta vehículo

-Poder Especial SII

-Poder Bancario Simple (Persona Natural)

-Poder administración de inmueble

-Poder retiro de vehículo

-Poder cobro de finiquito

-Poder solicitar placas de vehículo

DECLARACIONES

 

-Declaración Jurada

-Declaración Jurada de Alcoholes

-Declaración Jurada de Ingresos

-Declaración Jurada de Extravio de     Licencia de Conducir

-Declaración de Estado Civil

-Declaración Jurada de cesantía

-Declaración de no donante

-Declaración Jurada de expensas

-Declaración de no afiliación a   partido político.

AUTORIZACIONES

-Autorización domicilio comercial

-Autorización trabajo menor de edad

-Autorización de viaje para menores

-Autorización salida vehículo

CONTRATOS

-Contrato de Arriendo

-Contrato de Arriendo Vehiculo

-Contrato de Trabajo

OTROS​

 

-Salvoconducto

-Renuncia Voluntaria

-Certificado de antigüedad laboral

-Certificado de residencia

-Fotocopia Legalizada

-Finiquito

-Carta de Invitación Extrajero

-Mandato de posesión efectiva de herencia

Nuestra Vision

Notario

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NOMINA COLABORADORES

SECCION

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Jhon San Martín Jara

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meson@notariaalvarezdonoso.cl

Luis Concha Guerrero

Augusto López González

Valeria Rojas Pino

ASISTENTES ADMINISTRATIVOS

Claudia Rivas Castro

Luis Chávez Torres

NOTARIOS

SUPLENTES

Boris Jara Barahona

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Luis Guillermo Alvarez Donoso

Abogado

Fiscalizador

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Fiscal Judicial de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca

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LUNES A VIERNES

9:00 hrs.  a  17:00 hrs.

SABADO

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NUESTRA DIRECCIÓN

Independencia 566, Linares.

Email: lgalvarez@notariaalvarezdonoso.cl

Tel: 73-221 4714

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En consideración a lo dispuesto al artículo 482 ter del Código Orgánico de Tribunales, y atendido que aún no tienen lugar las auditorías externas señaladas en él, no existen balances que publicar. Una vez estén realizados, los resultados de aquellos serán oportunamente publicados en esta sección, conforme exige la normativa legal pertinente.

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